Localización de atestados en desastres naturales: inundaciones
Las inundaciones son el desastre natural que más daños genera en España. Se estima que tienen un coste anual de 800 millones de euros de media. Hoy hablamos sobre localización de atestados en desastres naturales.
Esto nos lleva a la siguiente pregunta: ¿el seguro se hace cargo de los daños ocasionados por inundaciones? Dependerá del tipo de seguro y de la póliza contratada. Por lo general, los seguros no cubren los siniestros ocasionados por catástrofes naturales como una inundación.
Aun así, existen pólizas que sí cubren los daños por inundación. En este caso, la aseguradora sí se haría cargo de los daños ocasionados. Estas pólizas suelen ser más comunes en los seguros de hogar que en los seguros de coche. Una situación especialmente común en regiones vulnerables a las temidas inundaciones.
Aseguradora o el Consorcio de Compensación de Seguros: ¿quién cubre los daños por inundación?
Por lo general, las compañías aseguradoras incluyen en las pólizas de hogar una cobertura frente a inundaciones, por lluvias superiores a una intensidad de 40 litros por metro cuadrado y hora. Así pues, el seguro de hogar cubriría los desperfectos de una vivienda ocasionados por las precipitaciones que rompan o estropeen canales artificiales o zanjas en la superficie.
En estos casos, la Agencia Estatal de Meteorología será la encargada de acreditar la magnitud e intensidad de la lluvia.
En cambio, si la inundación está catalogada como suceso extraordinario (producida por una tromba marina), será el Consorcio de Compensación de Seguros (CSS) el responsable de indemnizar al asegurado.
Eso sí, para recibir una compensación por inundación por parte del CSS, será requisito indispensable contar con un seguro de hogar. Y es que este estamento únicamente cubre daños cuando se dispone de una póliza. De no ser así, habría que esperar a las ayudas del Estado o las regionales.
El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que se nutre de financiación de las propias aseguradoras, a raíz de los recargos que los asegurados pagan en sus pólizas. Actúa como un fondo reservado que cubre los daños ocasionados por fenómenos extraordinarios de la naturaleza, cuando las aseguradoras no se hacen cargo.
De esta forma, si una póliza de hogar o coche no cubre los daños por inundación, el asegurado podrá reclamar al Consorcio. Suplirá a la compañía aseguradora.
¿Qué entiende el Consorcio por inundación extraordinaria?
“Una inundación extraordinaria es el anegamiento del terreno producido por la acción directa de las aguas de lluvia, las procedentes del deshielo o las de los lagos que tengan salida natural, de los ríos o rías de cursos naturales de agua en superficie, cuando estos se desbordan de sus cauces normales, así como los embates de mar en las costas”.
Dicho esto, el Consorcio no cubrirá los daños ocasionados por inundaciones fortuitas, a causa de la rotura de una cañería, de una alcantarilla o cualquier otra causa que no sea un riesgo extraordinario.
El Consorcio cuenta con un plazo de siete días para presentar la solicitud de indemnización desde que se produjesen los daños por inundación. Es fundamental presentar pruebas de los daños ocasionados y demostrar que se dispone de póliza.
La localización de atestados en desastres naturales, clave en inundaciones
Independientemente de que sea la compañía aseguradora o el Consorcio el que se haga cargo de la indemnización de los daños, cuando se producen inundaciones la localización de atestados es fundamental para el asegurado, ya que este documento recogerá todos los datos necesarios para recibir la indemnización correspondiente.
En el caso de las aseguradoras, un buen servicio de localización de atestados permite indemnizar al asegurado en el menor tiempo posible, o en su defecto, comprobar que la póliza no cubre los daños ocasionados, informando al cliente de que deberá solicitar la indemnización al Consorcio.
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