Recobro: gestión integral de reclamaciones en diversos ámbitos
La Ley 50/1980, de 8 de octubre de Contrato de Seguro, permite a las compañías aseguradoras españolas una acción de regreso o recobro, con la que pueden recuperar aquellas cantidades que hayan abonado a sus asegurados en concepto de indemnización por un siniestro cuya responsabilidad no es del asegurado, sino de la parte contraria.
Esta acción de recobro está regulada en el artículo 43 de la ley de Contrato de Seguro, que establece lo siguiente:
“El asegurador, una vez pagada la indemnización, podrá ejercitar los derechos y las acciones que por razón del siniestro correspondieran al asegurado frente a las personas responsables del mismo, hasta el límite de la indemnización”.
Realmente, el funcionamiento de la acción de recobro es bastante simple, puesto que consiste en devolver a la aseguradora las cantidades que abonó en concepto de indemnización, en virtud de la existencia de un contrato de seguro contra daños.
Se trata de una herramienta totalmente legal que permite actuar contra el responsable del daño causado, para que sea él quien responda de la indemnización con su patrimonio, liberando así a la aseguradora, que no tiene ninguna responsabilidad del hecho causado. Una herramienta que suele ser muy habitual en los seguros de hogar y de coche.
Pero, a pesar de su simplicidad, el proceso de recobro suele ser exigente, largo y tedioso para las aseguradoras, y en la mayoría de casos tiende a demorarse en el tiempo, provocando retrasos que afectan tanto a la aseguradora, como al asegurado.
Fases del proceso de recobro
El proceso de recobro en las aseguradoras pasa por varias fases destinadas a recuperar los costos asociados a las reclamaciones de seguros. Estas fases pueden variar ligeramente en función de la compañía y del tipo de seguro, pero generalmente son las siguientes:
Notificación de la reclamación: todo comienza cuando el asegurado presenta una reclamación a su compañía de seguros.
Evaluación: la aseguradora debe evaluar qué bienes o capitales afectados están asegurados y en qué medida, para así determinar si se podrán indemnizar o no.
Resolución: una vez evaluado, se toma una decisión sobre la validez del reclamo y la cantidad que la aseguradora está dispuesta a pagar. En algunos casos, puede haber negociaciones entre el asegurado y la compañía de seguros para llegar a un acuerdo satisfactorio.
Pago: si es aprobada, la aseguradora realiza el pago correspondiente al asegurado o a los terceros afectados según lo estipulado en la póliza.
Recuperación: una vez que se ha pagado el reclamo, la aseguradora inicia el proceso de recobro para intentar recuperar la cantidad abonada a su asegurado. Esto puede implicar la subrogación, donde la aseguradora busca reembolsar parte o la totalidad del monto pagado a través de acciones legales contra terceros responsables del evento que generó el reclamo.
Seguimiento y cierre: finalmente, la aseguradora realiza un seguimiento de los casos de recobro pendientes y cierra el proceso una vez que se ha recuperado la cantidad deseada o se han agotado todas las opciones de recuperación. En algunos casos, puede llevar tiempo cerrar completamente un caso de recobro, especialmente si implica litigios legales prolongados, alargando significativamente el proceso y provocando retrasos.
Tipos de gestión de recobros asegurados
Recobro general
Esta modalidad abarca la totalidad de la indemnización, tanto por daños propios como por responsabilidad civil, según lo estipulado en las garantías de la póliza respectiva. No se realiza ninguna deducción en función de condiciones como infraseguro, franquicia o reglas de equidad.
Para implementar esta gestión de recobro, es fundamental que la póliza del responsable incluya una cláusula de responsabilidad civil, excepto en casos de riesgos concurrentes asegurados por múltiples compañías.
Recobro mixto
En este caso, se cubre la totalidad del perjuicio ocasionado al asegurado tercero por las garantías de responsabilidad civil o daños propios. El asegurador, a través de su perito, aplica las condiciones estipuladas en la póliza, como franquicias, límites de garantía e infraseguro.
Una vez que se recupera el recobro del causante, el asegurador liquida al asegurado o tercero perjudicado, deduciendo el importe inicialmente descontado de la indemnización.
Reclamación de daños
Este proceso no constituye un recobro, ya que no implica una indemnización o reparación previamente satisfecha al perjudicado. Aquí, el asegurador realiza una reclamación en nombre de su asegurado-perjudicado, designando un abogado para iniciar la acción legal contra el responsable del siniestro.
Todos los gastos asociados a esta reclamación son cubiertos por una garantía de reclamación de daños o defensa jurídica. Este enfoque puede resultar complejo, especialmente cuando la responsabilidad no está clara y se opta por no proceder para evitar costas judiciales adicionales.
En Intrages somos expertos en recobros para aseguradoras
Conscientes de la complejidad del proceso y de los retrasos que implica, en Intrages ofrecemos un servicio de recobro para las aseguradoras de forma externa, con el que nos encargamos de toda la gestión de las reclamaciones de manera integral.
Dependiendo del tipo de siniestro, reclamamos a la aseguradora contraria, tercero responsable u organismo público correspondiente, haciéndonos cargo de todos los trámites necesarios para obtener una correcta resolución del siniestro, ofreciendo soluciones personalizadas para cada cliente con las que maximizamos la recuperación de fondos y optimizamos el proceso de reclamación.